La FTC informó sobre una resolución judicial relacionada con el esquema de alivio hipotecario de Golden Home Services / Home Matters USA, y ya se están enviando reembolsos a los propietarios afectados. La agencia vincula la devolución de casi 3 millones de dólares con una demanda de la FTC que terminó en un pronunciamiento contra los operadores del fraude.

La FTC afirma que los propietarios de viviendas que cayeron en la estafa de “alivio hipotecario” de Golden Home Services / Home Matters USA están recibiendo reembolsos como resultado de una acción judicial. En su anuncio del 9 de junio de 2026, la agencia señala que la devolución de casi 3 millones de dólares proviene de una demanda de la FTC que culminó con un fallo en contra de quienes operaban el esquema. Según la explicación de la FTC, los acusados se habrían dirigido a consumidores que enfrentaban dificultades hipotecarias y los habrían convencido de entregar dinero con la promesa de obtener ayuda y alivio. Aunque el resumen de la FTC no detalla todos los aspectos operativos, subraya que el esquema habría extraído millones de hogares que, precisamente, estaban buscando asistencia. La propia acción judicial mencionada por la agencia, de acuerdo con lo que se describe, incluyó prohibiciones y la imposición de pagos, lo que sugiere que el comportamiento fue considerado significativo y perjudicial. Este avance busca proporcionar restitución económica a los consumidores a quienes se les habría tomado el dinero bajo el engaño alegado. Para los lectores, el caso refuerza un patrón común en las estafas de “alivio hipotecario”: los estafadores suelen presentarse como intermediarios capaces de resolver préstamos directamente o acelerar modificaciones, pese a que los resultados prometidos nunca se concretan. Cuando los estafadores cobran pagos por adelantado y luego se rompe la comunicación, los propietarios pueden quedarse con más presión y estrés hipotecario en lugar de recibir un verdadero alivio. Fuente: comunicado de prensa de la FTC fechado el 9 de junio de 2026.